Ganancias: el Gobierno prorrogó la presentación de las declaraciones juradas hasta fines de agosto
La AFIP extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias hasta el 27 de agosto, aunque el vencimiento para pagar el saldo del período fiscal 2025 se mantiene en julio.
El Gobierno nacional decidió prorrogar el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias. La nueva fecha límite será el 27 de agosto, según confirmó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Sin embargo, la obligación de pagar el saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantiene su vencimiento original: el 27 de julio. Esto significa que quienes tengan que abonar un saldo a favor del fisco deberán hacerlo en la fecha prevista, aunque puedan presentar la declaración jurada un mes después.
¿A quiénes afecta esta medida?
La prórroga alcanza principalmente a trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que deben presentar su declaración anual de Ganancias. También incluye a aquellos contribuyentes que perciben ingresos de segunda, tercera o cuarta categoría y que están obligados a informar sus datos fiscales.
En criollo: si sos asalariado y tu empleador ya te retuvo lo que correspondía durante el año, probablemente no tengas que hacer nada. Pero si te corresponde una devolución o debés pagar un saldo, el reloj sigue corriendo para el pago.
Por qué se prorrogó el plazo
Fuentes oficiales indicaron que la decisión busca dar más tiempo a los contribuyentes y a los contadores para cargar correctamente la información, especialmente después de los cambios en las escalas y deducciones que se aplicaron durante 2024 y 2025. El cruce de datos con otros organismos (como ANSES, bancos y empleadores) suele generar demoras, y esta extensión busca evitar errores y multas innecesarias.
La medida se enmarca en una serie de ajustes administrativos que el organismo viene implementando para facilitar el cumplimiento fiscal en un contexto económico complejo.
Qué tenés que hacer ahora
- Si tenés que pagar saldo: prepará el pago para antes del 27 de julio. Podés hacerlo a través de la app de AFIP, home banking o débito automático.
- Si presentás declaración jurada: tenés tiempo hasta el 27 de agosto. Recomendamos no dejarlo para último momento porque los sistemas suelen saturarse.
- Si sos monotributista o autónomo: verificá si estás alcanzado por el impuesto. La mayoría de los monotributistas no están obligados a presentar esta declaración.
El contexto impositivo actual
El Impuesto a las Ganancias sigue siendo uno de los tributos más sensibles para los trabajadores registrados. Tras las actualizaciones de las deducciones y escalas que se aplicaron en los últimos dos años, muchos contribuyentes que antes no pagaban ahora se encuentran alcanzados o, por el contrario, con derecho a devoluciones.
Esta prórroga no modifica las alícuotas ni las deducciones, solo extiende el tiempo para presentar la información. El pago del saldo, en cambio, no se movió.
Consejo práctico: si no estás seguro de si tenés que presentar la declaración o de cuánto te corresponde pagar, consultá con tu contador o usá la herramienta de simulación que ofrece el sitio de AFIP. Mejor prevenir que terminar pagando recargos.
La realidad es que en materia impositiva, los plazos importan. Aunque a veces parezcan arbitrarios, cumplirlos evita dolores de cabeza y costos extras. Tomá nota de las nuevas fechas y organizate con tiempo.