La Justicia declaró inconstitucional el artículo de la reforma laboral que bajaba las indemnizaciones
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo invalidó el artículo 55 de la Ley 27.802 por violar la Constitución Nacional. El fallo representa un nuevo revés judicial para el Gobierno de Javier Milei en materia laboral.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, la norma que impulsó la reforma laboral del Gobierno de Javier Milei. La decisión, tomada por la Sala I, marca un nuevo traspié judicial para el Ejecutivo en su intento de modificar las reglas de las indemnizaciones por despido.
Los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez firmaron el fallo al que accedió la Agencia Noticias Argentinas. Según los magistrados, la reducción en las indemnizaciones prevista en esa norma viola los artículos 14, 16, 17 y 14 bis de la Constitución Nacional. El artículo cuestionado buscaba limitar el monto que las empresas debían pagar a los trabajadores despedidos sin causa.
El fallo se conoció el pasado jueves 27 de agosto de 2026, apenas cuatro días después de que el Gobierno intentara defender la medida como una herramienta para dar mayor flexibilidad al mercado laboral. Desde el Ejecutivo argumentaban que la reforma buscaba reducir litigiosidad y fomentar la contratación, pero los jueces consideraron que afectaba derechos constitucionales de los trabajadores.
La norma había sido aprobada por el Congreso Nacional a principios de año como parte de un paquete más amplio de cambios en las relaciones laborales. El artículo 55 era uno de los puntos más resistidos por los gremios, que lo veían como un ataque directo a las protecciones históricas del derecho del trabajo argentino.
Expertos consultados coinciden en que este fallo podría tener impacto en otros juicios pendientes que cuestionan el resto de la reforma laboral. Aunque el Gobierno todavía puede apelar a instancias superiores, como la Corte Suprema, el revés complica el panorama de las medidas desregulatorias en el ámbito laboral.
Desde las centrales obreras celebraron la decisión y la interpretaron como una ratificación de que ciertos derechos no pueden ser modificados por ley ordinaria. “Es un cachetazo a la idea de que se puede precarizar al trabajador por decreto o por artículo”, dijeron s sindicales consultadas.
El artículo declarado inconstitucional establecía un nuevo tope y mecanismo de cálculo de indemnizaciones que, según la Cámara, generaba una desigualdad irrazonable entre empleadores y empleados, violando el principio de protección al trabajador que emana del artículo 14 bis.
Este no es el primer tropiezo judicial que sufre el Gobierno en materia laboral. En los últimos meses varios puntos del DNU original de desregulación ya habían sido frenados o modificados por distintos tribunales.